Formato y fechas límite
Las empresas deben presentar sus declaraciones mensuales de forma electrónica desde el portal del SAT. Si la Constancia de Situación Fiscal de la empresa muestra una obligación mensual, la declaración y cualquier pago de impuestos relacionado generalmente vencen el día 17 del mes posterior al periodo que se reporta.
Extensión de fecha límite según el RFC
Las reglas del SAT pueden extender esta fecha límite de 1 a 5 días hábiles, según el sexto dígito numérico del RFC de la empresa:
- 1 o 2 → 1 día hábil extra
- 3 o 4 → 2
- 5 o 6 → 3
- 7 u 8 → 4
- 9 o 0 → 5
Sigue siempre la fecha límite que muestre el SAT para la declaración y el pago específicos.
Si la declaración genera un saldo de impuestos por pagar, la empresa debe pagarlo dentro del plazo que indique el SAT, generalmente con la línea de captura generada después de presentarla.
Entiende la declaración mensual de la empresa
Los requisitos de la declaración mensual dependen del régimen fiscal de la empresa, de las obligaciones que aparecen en su Constancia de Situación Fiscal y de las secciones que muestra el portal del SAT.
| ISR | Pago provisional mensual del impuesto sobre la renta anual de la empresa. El cálculo depende del régimen fiscal, declaraciones anteriores, pagos provisionales, reglas aplicables y la información disponible para el SAT. |
| IVA | El IVA se calcula con base en el IVA cobrado o trasladado a clientes y el IVA acreditable pagado en gastos del negocio que cumplen los requisitos aplicables. |
| Retenciones | Impuestos que la empresa debe retener y pagar al SAT. Esto puede incluir retenciones de nómina, pagos tratados como salario, renta, servicios profesionales pagados a personas físicas y otras operaciones, según las reglas aplicables. |
| Otros conceptos | Secciones adicionales que el SAT muestra según el régimen y las obligaciones de la empresa. Esto puede incluir IEPS para ciertos bienes y servicios, obligaciones específicas del sector, ajustes, pagos complementarios u otros conceptos relevantes para el periodo. |
La declaración también puede reflejar devoluciones de ventas o reembolsos, descuentos, facturas canceladas o sustituidas, notas de crédito, pagos anteriores, saldos a favor y otros ajustes del periodo.
Lista de preparación
El sistema del SAT puede prellenar secciones de la declaración con información existente, como facturas emitidas y recibidas, facturas de nómina, pagos provisionales anteriores e historial de declaraciones. Como la información prellenada puede estar incompleta o ser incorrecta, compárala con los registros contables de la empresa, estados de cuenta bancarios, datos de nómina e información de proveedores antes de presentar la declaración.
Pasos recomendados para revisar:
1. Revisa las facturas emitidas para confirmar que los ingresos estén reconocidos correctamente
2. Revisa las facturas recibidas, incluidas las de proveedores y el IVA acreditable
3. Confirma que las facturas canceladas, sustituidas o reemplazadas y las notas de crédito estén registradas correctamente
4. Revisa las facturas de nómina, salarios, pagos tratados como salario y retenciones de nómina relacionadas
5. Verifica las retenciones de impuestos que la empresa hizo o que le retuvieron
6. Concilia las cifras finales con estados de cuenta bancarios, libros contables y la balanza de comprobación. Resuelve cualquier diferencia antes de presentar la declaración.
7. Revisa pagos provisionales anteriores, saldos a favor y datos relevantes de la declaración anual, cuando aplique
Casos especiales y obligaciones adicionales
| Declaración en ceros | Si aplica una obligación mensual, no tener ingresos ni operaciones durante el mes que se reporta no elimina automáticamente la obligación de presentar la declaración. Presenta una declaración en ceros cuando el portal del SAT y las obligaciones de la empresa lo requieran. |
| Obligaciones relacionadas con nómina | Si la empresa tiene empleados o hace pagos tratados como salario, revisa las facturas de nómina y las retenciones de nómina antes de presentar la declaración. También pueden aplicar obligaciones separadas de seguridad social, fondo de vivienda e impuestos estatales sobre nómina, con sus propias reglas y fechas límite. |
| DIOT | Declaración informativa que reporta operaciones con proveedores y el IVA relacionado, incluidos pago, retención, acreditamiento e IVA trasladado, cuando aplique |
| Contabilidad electrónica | Obligación de llevar y enviar registros contables al SAT de forma electrónica. Esto puede incluir el catálogo de cuentas, balanzas de comprobación mensuales y cuando se solicite, pólizas y auxiliares contables. |
Importante: Compara siempre las obligaciones fiscales actuales de la empresa con la versión más reciente de su Constancia de Situación Fiscal y monitorea las comunicaciones del SAT en el Buzón Tributario.
Cómo pagar los impuestos
Cuando la empresa presenta correctamente la declaración, el portal del SAT genera una línea de captura y muestra la fecha límite. La línea de captura es una referencia única de pago que la empresa puede usar para pagar desde la banca en línea de su banco. Guarda el comprobante de pago como prueba oficial.
Por qué considerar apoyo profesional
El cumplimiento fiscal de una persona moral en México requiere control contable constante, conciliación cuidadosa de facturas y movimientos bancarios, revisión de nómina y retenciones, monitoreo de obligaciones ante el SAT y manejo estricto de fechas límite.
Para reducir el riesgo de declaraciones tardías, envíos incorrectos, requerimientos del SAT, multas, efectos negativos en el cumplimiento y restricciones operativas, considera delegar la preparación de declaraciones fiscales a un contador fiscal calificado.
Las restricciones operativas pueden incluir limitaciones para emitir facturas si el SAT restringe el Certificado de Sello Digital (CSD).
Marco regulatorio
Artículos 17-H Bis, 28 a 31, 81 y 82 del Código Fiscal de la Federación — CFF
Artículos 9, 14 y 76 de la Ley del Impuesto sobre la Renta — LISR
Artículos 1, 1-A, 5, 5-D y 32 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado — LIVA
Artículos 1, 2, 5 y 19 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios — LIEPS
Artículo 5.1 del Decreto publicado el 26 de diciembre de 2013
Reglas 2.8.1.5, 2.8.1.6, 2.8.3.1, 3.9.15, 3.9.16 y 4.5.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (RMF 2026), junto con el Anexo 24